Balcarce, 14 de julio de 1995.- VISTO: Las peticiones presentadas por ambos Bloques de Concejales (constancias a fojas 1 y 2 el Expediente Nº 92/95) solicitando la reducción del 50% del monto de las indemnizaciones a partir del día 12 de julio, y CONSIDERANDO: Que dichas peticiones fueron aprobadas por el Honorable Cuerpo en la Se- sión Ordinaria celebrada el día 13 de julio de 1995, facult ndose a esta Presidencia a dictar el correspondiente instrumento administrativo. POR ELLO: El suscripto en su carácter de Presidente del Honorable Concejo Deliberan- te del Partido de Balcarce, D E C R E T A ---------------- ARTICULO 1.- Redúzcase el 50% del monto correspondiente a las indemnizaciones ----------------- que perciben mensualmente los Señores Concejales en las liquida- ciones correspondientes a los meses de julio a diciembre del corriente año.----------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ----------------- DECRETO Nº 31/95.- ------------------------